Una historia, un olvido... el discurrir invisible de lo que existió y se desconoce

Este espacio pretende entender la historia como una disciplina que proporciona, tanto la información como los instrumentos necesarios para conocer el pasado, pero también como una herramienta para comprender al "otro", a nosotros mismos y a la sociedad del presente en la que interactuamos.

Conocer la historia de los gitanos españoles es esencial para eliminar su invisibilidad, entender su situación en la sociedad y derribar los estereotipos acuñados durante siglos.

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lunes, 1 de julio de 2019

LAS ENCOMIENDAS DE NIÑOS Y NIÑAS GITANOS


Carta de servicio y soldada a Juana, gitana
Sepan cuantos esta carta vieren, como yo Alonso de la Rosa, procurador y vecino de la ciudad de Vera, como tutor y curador que soy de la fortuna y bienes de Juana, gitana, judicialmente proveída que queda la tutela ante Diego Ortiz. Digo, otorgo y conozco, que asiento a servicio y soldada a la dicha Juana, gitana, mi menor, que será de edad de diez años, con vos María Yáñez, de la dicha ciudad, para que cosa poder tiempo y espacio de cuatro años cumplidos, que corren y se cuentan desde el día primero del mes de agosto pasado de este presente año en adelante (…)

Niño gitano. Acuarela de George Steel


Carta de servicio y soldada a Juana, gitana (18/11/1573)

Sepan cuantos esta carta vieren, como yo Alonso de la Rosa, procurador y vecino de la ciudad de Vera, como tutor y curador que soy de la fortuna y bienes de Juana, gitana, judicialmente proveída que queda la tutela ante Diego Ortiz. Digo, otorgo y conozco, que asiento a servicio y soldada a la dicha Juana, gitana, mi menor, que será de edad de diez años, con vos María Yáñez, de la dicha ciudad, para que cosa poder tiempo y espacio de cuatro años cumplidos, que corren y se cuentan desde el día primero del mes de agosto pasado de este presente año en adelante (…)


Ser vecino de una comunidad local otorgaba algunos derechos especiales derivados del derecho romano. Para ello se debía solicitar la vecindad demostrando poseer una residencia consolidada, bien por poseer bienes raíces o haber nacido en su jurisdicción. En el caso gitano, carente de propiedades, sólo podía demostrar su compromiso con la comunidad por haber nacido en su seno o por su arraigo social, algo muy complicado en la excluyente sociedad del siglo XVI. Un trámite que resultó extremadamente complicado.
Es a partir 1539 cuando se incrementaron  las solicitudes de vecindad con objeto de evitar la pena de galeras. Sin embargo, situados en la frontera de la legalidad y el delito, expuestos constantemente al rechazo de las autoridades municipales, debieron adoptar estrategias integradoras como la encomienda infantil, una práctica que fue muy utilizada por la comunidad morisca, y por la gitana a partir de la sublevación de 1568 en el Reino de Granada. Básicamente, la encomienda era un tipo de explotación laboral que se sustentaba en una dependencia personal que podía abarcar, desde la esclavitud, hasta modalidades de tutela y de amparo.
Los gitanos, acuciados por el cerco legal a que se veían sometidos, aceptaron las encomiendas como un intento para obtener una vecindad y eludir de esta forma, las graves penas que se imponían a los que se les hallaban vagantes; tal como ocurriría con ocasión de la cédula real de la Navidad de 1572 para echar a galeras todos los gitanos vagabundos. La crisis económica y la escasez de mano de obra existente en estas fechas, favoreció el desarrollo de las encomiendas de niños y niñas de corta edad, procedentes de familias moriscas y gitanas, a través de contratos o soldadas, cuyas condiciones laborales, los padres se preocupaban de legitimar notarialmente ante escribano, a fin de evitar los abusos por parte del encomendero y garantizarse  el vestido y la alimentación de sus hijas, así como una cantidad en dinero que se cobraba anualmente o al final del tiempo fijado.
En las soldadas se estipulaba la duración y las condiciones a las que debían quedar sujetos el encomendador y el encomendado. El tiempo de duración oscilaba normalmente entre los cuatro y los seis años sin hacer ausencia de su servicio. En caso contrario, el encomendero tenía el derecho a reclamarlos y forzarles a regresar para continuar su soldada. Como obligaciones, se les exigía no les hicieran daño y darles alimentación, vestido y calzado, con la garantía de no despedirlos antes del tiempo pactado, bajo pena de una indemnización. Todos recibieron una cantidad anual, que en el caso de Juana ascendía a 22 reales, en tanto otras niñas como Inés, eran tres ducados.
Finalizada la encomienda, los niños y las niñas gitanas volvían a sus familias habiendo sufrido una fuerte aculturación por parte de sus encomenderos, quienes durante su tutela, se esforzaban en reducirlos a las costumbres y religión de los cristianos viejos.


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