LOS GITANOS POR LEYES DE ESPAÑA SON EXPEDIDOS DE ELLA
Cap. V
Lo primero, por mendigos sanos son
comprehendidos en la Ley de Partida del santo señor don Alonso, por la cual
expelió por ociosos y baldíos a los mendigos sanos.
Lo segundo, a las rameras públicas expele de
la ciudades el Derecho. Y en el cap. II traté de esto.
Lo tercero, por gente que da escándalo y que se ve al ojo que daña las costumbres y honestidad, es Derecho y establecido por leyes el Fuero de estos reinos, que tal gente sea expelida de ellos, y lo dicen las muy consideradas palabras del real bando de la expulsión de los moriscos: “Y por cuanto la razón de bueno y cristiano gobierno obliga dn conciencia a expeler de los reinos las cosas que causan escándalo, daño a los buenos súbditos, peligro al Estado, y sobre todo deservicio a Dios nuestro Señor”. En lo cual es único imitador vuestra majestad del santo celo de la honra de Dios, que mostró el rey nuestro señor, procurando con tan santas leyes, quitar de sus súbditos los tropiezos. Considerando pues la incorregibilidad de los gitanos, los señores reyes de España hicieron muy santas leyes para librar a los suyos de tan perniciosa gente.
Felipe III, nada más acceder el trono, hubo
de afrontar entre los números asuntos que quedaron abiertos en el reinado de su
padre Felipe II, como las cuestiones gitana y morisca. En el caso de la
primera, la presión ejercida por los procurados en Cortes en los postreros años
del siglo XVI, tuvo su continuación a lo largo de las dos primeras décadas del
siguiente.
De la intensidad del debate da idea la
sucesión de memoriales antigitanos que se presentaron ante el rey, podemos
citar el de abril de 1603, por el que se solicitaba un endurecimiento de las
penas que se aplicaban los gitanos. Sólo tres meses más tarde, un nuevo
memorial, además de acusarles de cometer graves abusos, se afirmó que los no constituían
un grupo étnico propio. Un aspecto sobre el que se seguirá incidiendo hasta terminó
siendo recogido en la legislación posterior.
Tras la expulsión de los moriscos, la presión
pasó a ejercerse con mayor fuerza sobre los gitanos. Constituida una comisión
para estudiar lo que habría que resolverse sobre ello, el rey acabó decretando su
expulsión en 1610, al considerarse que eran gente perniciosa, que solo trataba
de hurtar, cuyo número había crecido considerablemente en España, sobre todo en
Castilla.
Para ejecutar la expulsión, el 21 de agosto se
encargó de su planificación, a la misma junta que se ocupó del caso morisco, se
procediera también a la expulsión de los gitanos, advirtiendo el duque de Lerma
que se tuviera la precaución de emplear con los gitanos “mayor rigor -que con
los moriscos-, por ser “gente perdida y que de ordinario viven en el campo”. Sin
embargo, la operación no llegó a llevarse a cabo, y el proyecto de expulsión se
abandonó por razones económicas y poblacionales que la desaconsejaban. No
obstante, la amenaza no desapareció, pues meses más tarde aún siguieron
llegando ante el Consejo de Castilla, informes como el presentado el 8 de
noviembre de 1610, por parte de Alonso de Ulloa, regidor de la localidad de
Toro y representante en Cortes, en el que insistía en la expulsión bajo pena de
muerte, además de prohibir el uso de su lengua y de sus trajes; así como el dedicarse
exclusivamente a la agricultura. Además, sugería se les prohibiera, tanto tener
caballerías como asistir a ferias, para lo que pedía se les impidiera salir de
los lugares donde tuvieran vecindad, sin posibilidad de. Unas sugerencias que
marcarían el debate antigitano en siglos posteriores.
Entre los más destacados arbitristas que
señalaron a la minoría gitana como responsable de los males que aquejaban a España,
destaca Sancho de Moncada, catedrático de la Sagrada Escritura en Toledo y
experto en cuestiones políticas y económicas, quien elevó un memorial ante el
rey, analizando y dando soluciones a la delicada situación que atravesaba
España en la segunda década del siglo XVII. Una crisis que además de llevarse
por delante al duque de Lerma, ocasionó la creación una comisión en 1618 con el
fin de estudiar posibles soluciones. Sus conclusiones vinieron a coincidir con
la aparición del libro de Moncada, titulado Riqueza
firme y estable de España –conocido más tarde como Restauración política de España, publicado el 1 de febrero de 1619-.
Embarque de los moriscos para ser deportados al norte de África
El libro consta de nueve discursos, cuyas
conclusiones señalaban los tres males que a su parecer padecía España: el
demográfico, el monetario y el hacendístico.
Pero, en este análisis, ¿Por qué Moncada arremete
contra los gitanos? Porque según él, eran “mendigos sanos”, “gente ociosa,
vagabunda, e inútil a los reinos; sin comercio, ocupación, ni oficio alguno; y
si alguno tienen, es hacer ganzúas y garabatos para su profesión, siendo
zánganos que sólo viven de chupar y talar los reinos, sustentándose del sudor
de los míseros labradores”. Es por esta razón que incide en el cumplimiento de
las leyes que dictan acabar con los grupos ociosos, especialmente los gitanos,
a los que “no está bien admitir […], porque sus casas son unas cuevas de
ladrones, de donde salen todos a robar la tierra”, no habiendo ley “que obligue
a criar lobillos en tan cierto daño futuro del ganado”.
Edición de 1779. Colección M. Martínez
Es en el capítulo V donde propone la
expulsión de los gitanos, tras haber pedido la pena de muerte en el capítulo
anterior. Su discurso, junto al de otros arbitristas como Salazar de Mendoza y Pedro
Fernández Navarrete, acabaría marcando un trascendental precedente, por cuanto se convirtió en uno de los principales
referentes que alimentó el antigitanismo de autores posteriores.
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