Una historia, un olvido... el discurrir invisible de lo que existió y se desconoce

Este espacio pretende entender la historia como una disciplina que proporciona, tanto la información como los instrumentos necesarios para conocer el pasado, pero también como una herramienta para comprender al "otro", a nosotros mismos y a la sociedad del presente en la que interactuamos.

Conocer la historia de los gitanos españoles es esencial para eliminar su invisibilidad, entender su situación en la sociedad y derribar los estereotipos acuñados durante siglos.

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viernes, 22 de diciembre de 2017

SEISCIENTOS AÑOS DE PRESENCIA GITANA EN LA EUROPA CENTRAL Y OCCIDENTAL (1417-2017)

Carta de Seguro otorgada por el Emperador Segismundo, Rey de Hungría al voivoda Ladislao de los gitanos, en sus reinos. Año de 1423. (Codex diplomaticus Hungariae Ecclesiasticus ac Civilis. Studio et opera Georgii Fejér, bibliothecarii regi. Tomi X, Vol. VI, ab anno 1418-1428. Tzpis Typogr. Regiae Universitatis Ungaricae, Buda. 1844, Doc. CCXXI. pp. 532-533.)

“Idem Sigismundus Zingaris per regna sua securitatem, ac Vaivodae ipsorum potestatem iudicandi addicit. A. 1423.
Segismundo de Luxemburgo por Pisanello-Wikipedia
Sigismundus, Dei gratia Romanorum Rex semper Augustus, ac Hungariae, Bohemiae, Dalmatiae, Croatiae etc. Rex. Fidelibus nostris universis, Nobilibus, Militibus, Castellanis, Officialibus, Tributariis, Civitatibus liberis, oppidis et eorum iudicibus in regno et sub dominio nostro constitutis et existentibus salutem cum dilectione. Fidelis nostri adierunt in praesentiam, personaliter Ladislaus Voivoda Ciganorum, cum aliis ad ipsum spectantibus, nobis humillimas porrexerunt supplicationes huc in Scepus in nostra praesentia supplicationum [supplicum?] precum cum instantia, ut ipsis gratia nostra uberiori providere dignaremur. Vnde nos illorum supplicatione illecti eisdem hanc libertatem duximus concedendam. Quod quandocunque idem Ladislaus Vaivoda et sua gens ad dicta nostra dominia, videlicet civitates et oppida pervenerint, extunc vestris fidelitatibus praesentibus firmiter committimus et mandamus, ut eosdem Vladislaum Vaivodam et Ciganos sibi subiectos, omni sine impedimento ac perturbatione aliquali fovere et conservare debeatis; imo ab omnibus impetitionibus seu offensionibus tueri velitis. Si autem inter ipsos aliqua Zizania seu perturbatio evenerit, ex parte quorumcunque extunc non vos, nec aliquis alter vestrum, sed idem Ladislaus Vaivoda iudicandi et liberandi habeat facultatem. Praesentes autem post earum lecturam semper reddi iubemus praesentanti. Datum in Scepus, dominica die ante festum Beati Goergii Martyris Anno Domini MCCCCXXIII. Regnorum nostrorum Anno Hungariae XXXVI., Romanorum vero XII., Bohemiae tertio.

TRADUCCIÓN:
“El mismo Segismundo, por la seguridad de los Cíngaros, concede el poder de juzgar al Vaivoda de ellos. Año 1423.
Segismundo, por la gracia de Dios Rey de los Romanos siempre Augusto, y Rey de Hungría, Bohemia, Dalmacia, Croacia, etc., saluda con afecto a todos nuestros Fieles, Nobles, Soldados, Castellanos, Oficiales, Tributarios, Ciudadanos libres, y a las ciudades y a los jueces constituidos de estas y que existen en el reino bajo nuestro dominio. Fieles nuestros llegaron ante nuestra presencia, personalmente Ladislao, Voivoda de los Cíngaros, con otros que le seguían, y aquí en Scepus nos presentaron sus más humildes súplicas, para que nos dignásemos derramar abundantemente nuestra gracia para con ellos. Por lo cual, convencido por sus ruegos, determinamos concederles esta licencia. Por la cual, permitimos y encomendamos firmemente a nuestros Fieles presentes que Ladislao Voivoda y su gente puedan transitar por las ciudades y pueblos de nuestros dominios con normalidad desde ahora mismo, y mando a los Fieles presentes que protejan y respeten al mismo Ladislao y a los a él sujetos sin ningún impedimento ni ninguna perturbación; además, que queráis defenderlos de todos los ataques y ofensas. Sin embargo, si ocurriese alguna cizaña entre ellos o algún trastorno, sólo tenga facultad de juzgar y absolver el propio Ladislao Voivoda, y no vosotros ni tampoco ninguno de los vuestros. Por consiguiente, ordenamos ser devuelta a los presentes la licencia inmediatamente.
Fechado en Escepus, domingo víspera del beato Jorge Mártir, en el Año del Señor de MCCCCXXIII. En nuestro reino de Hungría, Año XXXVI; verdaderamente, Año XII de los Romanos y tercero de Bohemia.”
NOTA: documento y traducción por gentileza de la Asociación Nacional Presencia Gitana


En 2017 se han cumplido seiscientos años del proceso que dio inicio a la incursión y distribución del Pueblo Gitano en Europa Central y Occidental.
Su llegada a la Europa cristiana del medievo, se hizo a través del Sacro Imperio Romano Germánico, cuando era emperador Segismundo de Luxemburgo, rey también de  Hungría, Polonia y Bohemia, y a quien el Papa Martín V consagró como adalid de la cristiandad.
Ante dicho emperador se presentó a finales de 1417, un grupo compuesto por al menos tres centenares de personas, a cuyo frente se hallaba un conde y un duque, a quienes otorgó los salvoconductos que posibilitaron su dispersión por toda Europa Occidental, facilitándoles la libre circulación por los territorios del Imperio para “estar y pasar” hacia otros reinos, como Francia y el norte de Italia. Igualmente, se dispuso que fuesen bien tratados y que cumplieran los siete años de penitencia impuestos por haber apostatado.
Como peregrinos y refugiados religiosos perseguidos por los turcos, los gitanos hallaron la protección y la libertad de movimientos que a la postre, les convirtieron en una comunidad transnacional y europea. Sin embargo, pretendieron obtener otro pasaporte de manos del Papal, por lo que el duque Andrés se dirigió a Roma para tal fin. No sabemos si fueron recibidos por el pontífice, sí que años más tarde, varios grupos gitanos exhibieron un documento similar expedido por Martín V autorizándoles a peregrinar para expiar los pecados que decían habían cometido. Si bien, algunos historiadores dudan de su veracidad. 
En octubre de 1420 se hallaba en la Provenza un grupo de gitanos, los mismos que posiblemente pasarían posteriormente al reino de Aragón, y por último, a los reinos navarro y castellano, con lo que acabaron completando el largo trayecto iniciado siglos atrás desde la antigua India. Descubierta América, una nueva ruta quedaría abierta a partir del siglo XVI.

El acontecimiento histórico de 1417 forma parte de las diferentes Historias del Pueblo Gitano que forma parte de cada una de las naciones europeas. La carta de seguro otorgada por el futuro Alfonso V de Aragón es solo un eslabón más de esta Gran Historia Gitana en Europa. Sin embargo, ha pasado desapercibido, sin que los foros europeos e internacionales transnacionales, como el Consejo de Europa, la Unión Europea, la ONU y demás instituciones, hayan dado el paso decisivo hacia su reconocimiento como Comunidad transnacional de base multiestatal, con pleno derecho a mantener su identidad, y a que pueda participar en pie de igualdad en la vida política, económica, social y cultural de los países en los que viven sus ciudadanos.

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