Una historia, un olvido... el discurrir invisible de lo que existió y se desconoce

Este espacio pretende entender la historia como una disciplina que proporciona, tanto la información como los instrumentos necesarios para conocer el pasado, pero también como una herramienta para comprender al "otro", a nosotros mismos y a la sociedad del presente en la que interactuamos.

Conocer la historia de los gitanos españoles es esencial para eliminar su invisibilidad, entender su situación en la sociedad y derribar los estereotipos acuñados durante siglos.

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viernes, 1 de septiembre de 2017

LA SEGUNDA GRAN REDADA DE GITANOS DE 1749. EL CASO DE ALMERÍA

Exmo. Sr.
Sr.
Por la que dirigí a Vuestra Excelencia en el antecedente correo se hallaba enterado de la orden y disposición que di para que en la noche del día 27 del que acaba se ejecutasen las prisiones de todos los gitanos avecindados y vagantes en esta ciudad y lugares de su partido, y como la orden se comunicó con el mayor sigilo se ha logrado la prisión de todos sin excepción de alguno, y se hallan en esta alcazaba 189 gitanos, hombres, niños y mujeres, los 79 aprisionados en esta ciudad, y los demás que se han conducido por los lugares de Alhabia, Terque, Sorbas, Santa Cruz, Alboloduy, Lubrín y Níjar; y faltando todavía los que había preso en los otros pueblos de esta comprensión, no remito a Vuestra Excelencia testimonio justificativo de las familias, nombres, estados y sexos de los gitanos, lo que haré en el siguiente correo, en el que contemplo se hallarán todos en esta ciudad.
Segunda Real Orden de prisión
A los gitanos de esta ciudad no se les encontraron bienes efectos ni otra cosa, sin embargo del particular registro que les hice de sus personas y aduares, porque como dije a Vuestra Excelencia en mi antecedente, con las noticias de las prisiones de otros pueblos, vendieron sus cortos bienes y los consumieron en su preciso alimento durante su refugio en la ermita de Ntra. Sra. de Belén, extramuros de esta ciudad, de la que extraje a los más; y por lo que respecta a los de la villa de Alhabia se le encontraron los bienes, que vendidos por aquella justicia importaron 95 reales y 12 maravedís, y a los de la villa de Alboloduy 62 reales y medio, que aplicaron las mismas justicias a los gastos de su conducción y alimentos en el camino, teniendo todavía algún descubierto, como lo están en él todo las de los demás lugares, por no haber tenido sus gitanos bienes algunos.
Por la villa de Níjar se me pregunta si deberán prenderse algunos que hay en ella, nietos e hijos de gitano y castellana, y por el contrario; que aunque están por tal tenidos no reputados en la clase y modo de vivir que los presos, y como para esto no tengo positiva orden de Vuestra Excelencia, le suplico se digne manifestarme, si éstos y otros de los demás pueblos de iguales circunstancias deberán ser comprendidos en la Real Orden.
Respecto a los ningunos bienes que han tenido los gitanos, se hace preciso que los caudales necesarios para alimentarles y conducirlos a donde Vuestra Excelencia me ordene, se erijan de la Real Hacienda en fuerza de la orden con que me dice hallarse este administrador de Rentas Generales y Tabaco, para el suministro de lo que por mís se librare, y aunque para esto no tengo positiva instrucción, me ceñiré a lo que baste para mantenerlos con las más económicas reglas y formal cuenta  para darlas a Vuestra Excelencia luego que me lo ordene.
Nuestro Señor guarde la importante vida de Vuestra Excelencia los muchos años que deseo y he menester. Almería, y agosto 30 de 1749.
José de Diego y las Heras a Ensenada


Vista de la alzazaba de Almeróa. Al fondo: La Chanca

 COMENTARIO: la ejecución de la Redada, aunque meticulosamente planificada por el marqués de la Ensenada en cuanto a logística e instrucciones relativas a su realización, careció de criterios claros sobre quién debía ser objeto de prisión (que por defecto las autoridades entendieron era general al explicitarse en la orden: “todos los gitanos”), de unos padrones completos, pues en los que se utilizaron, no se hallaban incluidas las poblaciones correspondientes a Cataluña y algunas de Andalucía, lo que motivó una segunda orden de arresto, cuya portada reproducimos, a fin de “ocurrir al reparo y recoger los dispersos”. Una operación que se llevó a cabo bien entrado el mes de agosto, por lo que podemos decir, existieron dos grandes Redadas en el contexto global del proyecto que buscó el exterminio de la etnia gitana en España.

Los gitanos, noticiosos de la prisión y del embargo de bienes que se había realizado en otras partes, tuvieron tiempo de huir, o al menos de desprenderse de sus pocas pertenencias. Así ocurrió en Almería, donde su corregidor, por no haber recibido la orden de prisión, sólo pudo dar aviso a Ensenada de cómo “los gitanos y gitanas de esta ciudad y su partido”, al tener conociendo lo que se había “ejecutado con los demás del interior del reino”, habían “vendido a ínfimos precios […] los pocos jumentos y otros animales que tenían”, por lo “que a ninguno podrá encontrársele bienes de algún valor”, temiendo que llegada la ocasión no se les hallaría “dineros ni otros bienes” para hacer frente a su mantenimiento, por lo que el municipio acabaría viéndose obligado a “costear los demás precisos gastos que se originaren”.

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