PARA CONSULTAR EL TEXTO ÍNTEGRO: https://recyt.fecyt.es/index.php/Hyp/article/view/59925/41329
Editado en Almería por Manuel Martínez Martínez // ISSN-e: 2445-2408 //
Una historia, un olvido... el discurrir invisible de lo que existió y se desconoce
Este espacio pretende entender la historia como una disciplina que proporciona, tanto la información como los instrumentos necesarios para conocer el pasado, pero también como una herramienta para comprender al "otro", a nosotros mismos y a la sociedad del presente en la que interactuamos.
Conocer la historia de los gitanos españoles es esencial para eliminar su invisibilidad, entender su situación en la sociedad y derribar los estereotipos acuñados durante siglos.
Las publicaciones contenidas en este blog-revista tienen derechos de autor. Se ruega citen su procedencia.
jueves, 20 de diciembre de 2018
CLAMOR Y REBELDÍA. LAS MUJERES GITANAS DURANTE EL PROYECTO DE EXTERMINIO DE 1749
El sujeto de este artículo son las mujeres gitanas y su actitud ante el cautiverio que sufrieron con ocasión de la redada general de 1749. Son pocos los estudios dedicados a este episodio histórico, y menos aún los que tienen a la mujer gitana como protagonista. Una escasez que contrasta con la abundancia de fuentes primarias para reconstruir uno de los episodios más oscuros de la historia de España: el proyecto de exterminio del pueblo gitano de 1749. Este artículo consta de dos partes. La primera describe el origen y desarrollo de la redada y posterior proyecto de exterminio. La segunda se centra en los diferentes destinos reservados a las mujeres, inmersas en un trágico periplo de desolación, miseria, hambre, enfermedad y muerte; pero también de esperanza manifestada por su resistencia y rebeldía. La mujer gitana de mediados del siglo XVIII se nos muestra indómita y decidida en su lucha por recuperar lo que le fue arrebatado: su familia y su libertad. La fuerza interior mostrada por estas mujeres ante la adversidad hizo mella en las conciencias de personajes relevantes de la época como el duque de Caylús, de quien partiría la propuesta de indulto que finalmente sería concedido en 1765, y que cerraría una página que aún hoy en día se resiste a entrar, por su desconocimiento o falta de interés, en los tratados de historia de España.
PARA CONSULTAR EL TEXTO ÍNTEGRO: https://recyt.fecyt.es/index.php/Hyp/article/view/59925/41329
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domingo, 2 de diciembre de 2018
LOS GITANOS RECLUIDOS TRAS LA REDADA DE 1749 EN EL CASTILLO DE SANTA CATALINA (CÁDIZ), CLAMAN POR SU LIBERTAD
Excmo. Señor.
Castillo de Santa Catalina de Cádiz |
Los gitanos presos en el castillo de Santa Catalina
de la ciudad de Cádiz, puestos con el debido rendimiento a los pies de V.E.,
dicen como esperan su alivio por medio de V.E., en cuyas manos se ponen
pidiendo al rey nuestro señor, su libertad, supuesto no tener delito alguno
para estar presos tanto tiempo, y si lo tuvieren, piden a V.E. se les castigue
como merecieren, pero si no, que queden libres y se puedan restituir a sus
lugares, y hacer vida maridable con sus mujeres e hijos, como Dios manda. El
número de los presos somos unos doce, de los que estamos imposibilitados el
poder servir a S.M., pues unos somos ciegos, otros cojos, mancos, quebrados y
viejos, lo que ponemos en consideración de V.E. para que se apiade de nosotros
y nos mande la orden del rey para que nos pongan en libertad, como lo han hecho
con los demás, ha más de tres años. Este alivio esperamos de V.E. por el amor
de Dios y de la Virgen Santísima, una vez que fuimos presentados ante la
justicia de nuestros domicilios.
Plaza de armas del castillo |
Dios guarde la Excma. persona de V.E. infinitos
años como hemos menester, de este castillo de Santa Catalina, y septiembre 4,
de 1753.
Excmo. Señor
Besan los pies de VE sus rendidos gitanos,
Antonio Muñoz
Antonio Fernández
Juan Fernández de Malla y Amores.
COMENTARIO:
Gracias a la Real Orden
de 20 de noviembre de 1749, se liberaron más de la mitad de los gitanos y
gitanas capturados con ocasión de la redada de 1749. El resto de los que
quedaron recluidos fueron enviados a los destinos definitivos. En el caso
andaluz, los hombres debían ser confinados en el arsenal de La Carraca.
Los que
se calificaron como no aptos para los trabajos en dicho arsenal, a falta de hospicios
y demás centros benéficos, fueron recluidos entre diferentes fortalezas
gaditanas.
Una de ellas, fue
el castillo gaditano de Santa Catalina, donde
un pequeño
grupo de gitanos, quedaron postergados en él.
Tras
varias solicitudes de libertad, todavía a principios de 1753 se hallaban sin
saber la causa de “tan dilatado y riguroso arresto”, por lo que solicitaban licencia para regresar a sus pueblos con sus mujeres y poder de esta forma “acabar su vida, sin dar lugar a la más leve queja” y olvidar “la suma miseria” que clamaron por su libertad en varias ocasiones.
Interior de unos pabellones |
Esta súplica fue
atendida parcialmente por Diego Rojas Contreras, gobernador del Consejo de
Castilla, pues sólo consintió la liberación de tres de ellos, por considerar
que los demás, aunque “cojos, quebrados y con otros accidentes, podían ser tan
perjudiciales, como lo habían sido antes de su prisión”. No obstante,
compadecido por la “miseria y desnudez” que sufrían y que sólo disponían para
su manutención de “un pan y seis cuartos al día”, pidió al gobernador gaditano
que a los siete que debían permanecer presos, se les diese “algún arbitrio para
poder vestir” y “algún más alivio en su trato”. Unas mejoras que fueron
insuficientes para unos hombres que se sentían víctimas de una injusticia, ya que no habían cometido “delito alguno para estar presos tanto tiempo”, causa por la que reclamaron que de ser
criminales se les castigara “como merecieren”, pero que en caso contrario se
les permitiera regresar “a sus lugares y hacer vida maridable con sus mujeres e
hijos, como Dios manda”.
Garita. Al fondo castillo de San Sebastián |
Años más tarde,
serían trasladados a la fortaleza vecina de San Sebastián.
FUENTE: Los gitanos y las gitanas de España a mediados del siglo XVIII. El fracaso de un proyecto de "exterminio" (1748-1765).
lunes, 12 de noviembre de 2018
EXPOSICIÓN "HISTORIA DE LOS GITANOS ESPAÑOLES". VERA, del 22 al 30 de noviembre de 2018
El cartel lleva un mensaje implícito. En esta ocasión, a diferencia del confeccionado para la exposición de Almería, la protagonista es una mujer gitana extraída de un cuadro de Isidre Nonell. La rasgadura que desfigura su boca representa el sometimiento y la invisibilidad del Pueblo Gitano en la Historia.
El cerro que aparece representa el antiguo asentamiento de Vera, hasta que el terremoto de 1518 destruyera la ciudad. A partir de ese año Vera volvió a renacer con la aportación de nuevos vecinos, entre los que se hallaron los gitanos. Hoy en día representan el 20% del total de la población y contribuyen a la prosperidad de la comunidad veratense.
El cerro que aparece representa el antiguo asentamiento de Vera, hasta que el terremoto de 1518 destruyera la ciudad. A partir de ese año Vera volvió a renacer con la aportación de nuevos vecinos, entre los que se hallaron los gitanos. Hoy en día representan el 20% del total de la población y contribuyen a la prosperidad de la comunidad veratense.
domingo, 11 de noviembre de 2018
UNA REFLEXIÓN SOBRE LAS BEATIFICACIONES GITANAS
LOS GITANOS ELEVADOS A LOS ALTARES DE LA IGLESIA CATÓLICA
¿Unas beatificaciones interesadas?
No
tratamos de poner en tela de juicio los procesos de beatificación, ni en poner
en duda las virtudes cristianas que les hicieron valedoras a tan alta consideración.
Sólo pretendemos contextualizar el inicio de los trámites en unas etapas
históricas que bien pudieron influir a la hora de proponer para su
beatificación a Ceferino Jiménez y a Emilia Fernández.
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De los
300.000 mártires que Serrano Suñer afirmó se produjeron, incrementados en 1938 por Franco a otros cien mil más, se pasó tras las conclusiones de la Causa
General a “sólo” 86.000, una cifra que desanimó a Franco, y que no constituyó la razón principal de Pío XII
para denegar una beatificación masiva en un corto plazo de tiempo. A partir de este rechazo inicial, se
abandonó la idea de una canonización numerosa y se pensó en una estrategia encaminada a proponer una víctima como una especie
de cabeza de puente, que permitiera con su beatificación, abrir las puertas
a futuros procesos. En principio, en 1964 se pensó en la monja María Ricart;
sin embargo, la operación fracasó y los procesos quedaron estancados durante tres
lustros. Hasta que se propuso la
persona de Ceferino Jiménez Malla, un tratante gitano nacido en la oscense
Alcolea de Cinca, que fue detenido el 19 de julio de 1939 por haber defendido a
un sacerdote y ser sorprendido con un rosario en el bolsillo, causa por la que se
cree fue condenado a muerte. Una sentencia que se ejecutó en Barbastro el dos
de agosto del mismo año.
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Beata Emilia Fernández, obra del pintor malagueño Raúl Berzosa |
¿Por qué se escogió a Ceferino y no a otra
persona? Pudiera ser que viniera dada por su condición
laica y su pertenencia a un colectivo discriminado. Unas características
que lo aproximaban a los primeros mártires, pues éstos no pertenecían a órdenes
religiosas y en su mayor parte procedían de sectores marginales, como el de los
esclavos. La causa sin embargo quedó
suspendida, pero el camino ya estaba abierto, y en cuanto Juan Pablo II
accedió al papado, la política del Vaticano cambió de rumbo en este aspecto, y en
marzo de 1987, Juan Pablo II canonizó a
los cinco primeros mártires españoles.
No sería
hasta mayo de 1997 cuando Ceferino Jiménez fuera beatificado en una ceremonia oficiada por el Papa, quien en la
homilía destacó la condición étnica de Ceferino, la que no constituía un
obstáculo para la santidad:
“Su vida muestra cómo
Cristo está presente en los diversos pueblos y razas y que todos están llamados
a la santidad, la cual se alcanza guardando los mandamientos”.
El torrente de beatificaciones creció durante
las décadas siguientes, y en marzo de
2017, le tocó el turno a Emilia Fernández, una gitana tijoleña que
compartió la ceremonia de beatificación junto a otros 114 beatos (95 sacerdotes y 20
laicos). De ellos, el obispo de Almería dijo que no lo fueron "por ser de uno
de los bandos enfrentados en la guerra, sino por haber muerto por amor a Cristo
y por su causa".
Sin embargo, la presencia de Emilia entre los propuestos a ser elevados a los
altares, coincidió con la mayor
expansión de la Iglesia Evangélica entre las comunidades gitanas de España,
lo que se podría pensar en un
intento para retener en el catolicismo a unos feligreses que no hallaron en la
Iglesia el amparo y refugio que necesitaban. No obstante, nos gusta más pensar
que el principal motivo que ha llevado a Emilia a ser la primera mujer gitana beatificada,
sea por haber muerto en la Fe cristiana siendo una mujer soltera y amancebada a
los ojos de la Iglesia. Un aspecto que en
cierto modo, remienda la persecución que las mujeres gitanas han venido
sufriendo por parte de los sínodos eclesiales y la Inquisición.
domingo, 7 de octubre de 2018
lunes, 1 de octubre de 2018
40 ANIVERSARIO DE LA DEROGACIÓN DE LOS ARTÍCULOS ANTIGITANOS DE 1942 INSERTOS EN EL REGLAMENTO DE LA GUARDIA CIVIL
Discurso de Juan de Dios Ramírez Heredia
en el Las Cortes españolas, la tarde del 7 de junio de 1978 (los tres primeros
minutos de su intervención)
Casi
un año ya del nacimiento de la incipiente democracia española. Y aquí está
dispuesto el diputado gitano dispuesto a dirigirles la palabra durante el
tiempo que reglamentariamente, el reglamento provisional del Congreso de
Diputados me concede. Y a propia intención que he llegado en la tarde de hoy
con mi camisa blanca y corbata, para evitar las posibles susceptibilidades que
durante algún tiempo ha demostrado en esta Cámara, y fundamentalmente en los medios
de comunicación social (…) clásicas camisas de colores y mis pañuelos de
lunares, porque quisiera que mi intervención de esta tarde, sería tan solo al
hombre sincero y honesto que durante muchos años ha intentado defender los derechos de una
minoría marginada, que a lo largo de mucho tiempo ha estado ahí en la cresta de
la ola denunciando situaciones de injusticia, que pretende en definitiva, en la
defensa de esta minoría marginada, poner de manifiesto que somos personas
humanas, que somos sujetos de derechos y de deberes, y que investidos de esa
condición elemental de dignidad y de respeto a la persona humana, en ello
fundamentalmente estimamos nosotros la defensa de nuestros derechos . Y lo
hacemos estimando que la defensa de las minorías, el derecho de cada pueblo a
ocupar en la sociedad el lugar que le corresponde, el respeto que como personas
humanas merecemos por parte de la sociedad, no tiene porqué ser ni mucho menos
bandera política de ningún grupo parlamentario de ningún grupo político, puesto
que la defensa de los intereses de los hombres no son patrimonio de la derecha
ni de la izquierda ni del centro, sino que son patrimonio de toda la Humanidad,
como muy bien se ha puesto de reflejo esta mañana, en el cambio del orden del
día, cuando a propósito de la ausencia de libertades en el país hermano en
Chile, toda esta Cámara, casi por consenso, ha venido a ponerse de acuerdo en
que el respeto a la libertad, condición indispensable para que la persona
humana y los grupos puedan desarrollarse íntegramente ahí, en el respeto a la
libertad, de donde estriba fundamentalmente las posibilidades mínimas del
desarrollo de los hombres y de las comunidades.
Ciertamente
lo que justifica mi intervención hoy ante la Cámara, es rogar a sus señorías,
que voten conmigo favorablemente esta proposición no de ley, en la que pedimos
al Gobierno, que tome cartas en el asunto para que desaparezcan esos tres
terribles artículos del Código de la Guardia Civil, en los que se hace
referencia específica a la población gitana. Unos artículos ciertamente
trasnochados, cuya relación literaria, por supuesto estimo pertenece al siglo
pasado, pero que continúa vigente, y que su última aprobación es justamente del
año 1942. Y posiblemente en la literalidad de estos artículos reflejados en el
Reglamento de la Guardia Civil, se encierra toda una trayectoria de
persecuciones, de discriminación abierta contra la población gitana.
COMENTARIO:
Las
conmemoraciones más importantes dentro de la Historia del Pueblo Gitano están
centradas en sus episodios más trágicos, pero sin haber logrado la repercusión
nacional que merecen, tal como ocurrió con el 500 aniversario de la Pragmática
de 1499, coincidente en el tiempo con los 250 años de la Gran Redada de 1749.
Hay
no obstante, efemérides de signo más positivo que celebrar y que como el 250
aniversario en 2015 de la liberación de las últimas víctimas gitanas del
Proyecto de Extermino confinadas en arsenales y en otros centros de reclusión,
han venido pasando desapercibidas. Es por ello que es importante antes de acabar
este año, no dejar de hacer referencia a la abolición en 1978 de los artículos
antigitanos incluidos en el Reglamento de la Guardia Civil. Una efeméride, que
dentro de la Historia del Pueblo Gitano puso punto final a la represión que ha
sido dictada desde las más altas instancias del poder.
La
Guardia Civil, heredera del Instituto hermandino creado por los Reyes
Católicos, mantuvo como su predecesora desde su creación en 1844 por parte de
Isabel II, una especial vigilancia e intimidación hacia los gitanos a lo largo
de la segunda mitad del siglo XIX y tres cuartos del siguiente. Un control que
estuvo justificado por la mala fama del gitano, que hacía ver en cada uno de
ellos un criminal en potencia.
Esta
presunción de culpabilidad fue el resultado de un proceso que culminó con la
creación de un estereotipo negativo, que inicialmente acuñado desde el siglo
XVI por los eruditos europeos, se consolidó en los siglos XVII y XVIII a través
de los discursos de arbitristas, representantes en Cortes y memoralistas. Y,
aunque la última Pragmática de carácter represivo se promulgó en 1783, la
opresión de la sociedad mayoritaria continuó reproduciéndose a lo largo del
siglo XIX, primero a través de varios recordatorios de dicha ley; y
posteriormente, a través de instrucciones dirigidas a los cuerpos de seguridad,
sin que las ideas liberales emanadas de la Constitución de 1812 hicieran
desaparecer los prejuicios peyorativos del pasado.
Finiquitada
y enterrada en la década de los años cuarenta la Pragmática de Carlos III -1783-,
se mantuvo la prevención hacia la lengua, costumbres y tradicional forma de
ganarse la vida, constituyendo el
artículo específico sobre gitanos inserto en el Reglamento de la Guardia Civil,
un vestigio trasnochado del espíritu de esta ley, pues se ordenaba vigilar sus
desplazamientos, propiedad de sus bienes, e incluso, observar su traje.
Este
artículo surge dentro de la crisis social y económica provocada por la Primera
Guerra Carlista, una contienda que favoreció el aumento del bandidaje y la
inseguridad de los caminos, sin que el Ejército y demás unidades destinadas a
combatir el contrabando y el bandidaje, pudiera evitarlo. Un fracaso que favoreció.
Para solventar esta situación, se creó por Real Decreto del 28 de marzo de 1844, un cuerpo de seguridad
nacional que abarcó todo el territorio nacional, que como “fuerza armada de Infantería y Caballería, bajo la
dependencia del Ministerio de la Gobernación de la Península, y con la
denominación de Guardias Civiles”, se le señaló como objetivo
principal, el “proveer
al buen orden, a la Seguridad pública, y a la protección de las personas y de
las propiedades fuera y dentro de las poblaciones”.
Bajo estas directrices, se aprobó su Reglamento
por Real Orden de 20 de diciembre de 1845, en cuyo capítulo segundo, titulado Servicio en caminos, en su artículo
décimo, se señalaron unas instrucciones para controlar las actividades de los
gitanos:
“Vigilará escrupulosamente a los gitanos que
viajen, cuidando mucho de reconocer todos los documentos que tengan; de
confrontar sus señas particulares; observar sus trajes; contar las caballerías
que lleven; inquirir el punto a que se dirigen, objeto de su viaje, y cuanto
concierna a poder tener una idea exacta de los que encuentre; pues como esta
gente no tiene en lo general residencia fija, y después de hacer un robo de
caballerías u otra especie, se trasladan de un punto a otro en que sean
desconocidos, conviene mucho tomar de ellos todas estas noticias”.
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Control de la Guardia Civil en un camino |
Este
artículo sería posteriormente objeto de una mayor precisión en la Real Orden de
26 de agosto de 1857, en donde se autorizó a los Comisarios de Vigilancia y a los alcaldes, a controlar la venta y la compra
de ganado mular y caballar; y junto a la cual, se insertó una comunicación
dirigida al Inspector General de la Guardia Civil, para “que en lo sucesivo, se
obligue a todos los gitanos a llevar unido a su pasaporte, un documento para la
relación expresiva del número y señas de las caballerías de su tráfico, el cual
debe estar autorizado por los comisarios de protección y seguridad pública, o
en su defecto, por los celadores del mismo ramo, y a falta de éstos por los
alcaldes de los pueblos, debiendo anotarse en otro documento los cambios,
compras y ventas, que sucesivamente verifiquen, en la inteligencia de que no
los cumplan con estos requisitos, sufrirán el decomiso de las caballerías que
se le encontrasen, las cuales quedarán a disposición de las autoridades” a fin
de averiguar su procedencia.
La
criminalización de los gitanos en general, se basó, como se ha señalado con
anterioridad, en la convicción
de que el gitano era poseedor desde su nacimiento de una inclinación innata y
malsana hacia la delincuencia. Un prejuicio que será constantemente reproducido dentro de los medios de
opinión internos de la misma Guardia Civil. En 1865 por ejemplo, en unas
“Crónicas ilustradas de la Guardia Civil”, se asegura que “un pilluelo no se
convierte en un ser maligno y terrible hasta que aprende el caló, lenguaje que
lleva a su infame inteligencia el conocimiento de todo un arte de guerra
social”. Precisa el libro que las principales palabras del caló significan “justicia,
morir, hambre, espera, sangre, matar, huir, cárcel, juez, verdugo, borracho,
engañar, mala mujer, degollar, causa, necedad, noche, robar, palanqueta,
ganzúa, dineros, horca”.
![](https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEijmZ5uZo1H4vZ6CExxcqiPKhDDSKCzd0UYBxNZEXUlOBGcGyg_FGruxt0N2Yc1oIFPYnYQsbSys5AKJ6gaGax3GKFv9r99FRPkcUBzDDhXAXkSEs3P9hyupcgftaYT0NgL0nnsvjTWXDnX/s320/Cartilla.jpg)
En
este estado de cosas y con la Ley de Vagos y Maleantes vigente desde agosto de
1933, la Guerra Civil trajo consigo a su finalización, una importante represión
hacia los opositores al franquismo y hacia los elementos marginales. Un
cometido que le fue encargado a la Guardia Civil, incluyéndose en su Reglamento
para el Servicio aprobado el 14 de
mayo de 1943, tres artículos
en los que se hacía referencia la vigilancia a que debían ser sometidos los gitanos:
Artículo 4.º Se
vigilará escrupulosamente a los gitanos, cuidando mucho de reconocer todos los
documentos que tengan, confrontar sus señas particulares, observar sus trajes,
averiguar su modo de vivir y cuanto conduzca a formar una idea exacta de sus
movimientos y ocupaciones, indagando el punto a que se dirigen en sus viajes y
el objeto de ellos.
Artículo 5.º Como
esta clase de gente no tiene por lo general residencia fija, se traslada con
mucha frecuencia de un punto a otro en que sean desconocidos, conviene tomar de
ellos todas las noticias necesarias para impedir que cometan robos de
caballerías o de otra especie.
Artículo 6.º Está mandado
que los gitanos y chalanes lleven, a más de la célula personal, la patente de
Hacienda que los autorice para ejercer la industria de tratantes en
caballerías. Por cada una de éstas llevarán una guía con la clase, procedencia,
edad, hierro y señas, la cual se entregará al comprador. Las anotaciones que en
este documento se hagan por cambios y ventas serán autorizadas por los alcaldes
de los pueblos o por un inspector de orden público en las capitales, y para el
ganado mular, por los veterinarios municipales. Los que no vayan provistos de
estos documentos o que de su examen o comprobación resulte que no está en
regla, serán detenidos por la Guardia Civil y puestos a disposición de la
autoridad competente como infractores de la ley.
El
tratamiento de que ha sido objeto el Pueblo Gitano por parte de la Guardia
Civil, ha provocado entre gran parte de sus integrantes un alto grado de
recelo, de temor y hasta de odio hacia sus efectivos y hacia la institución en
general. Son muchos los casos que se documentan en los que es palpable el
rencor acumulado. Entre otros, podemos citar el caso de los gitanos “Tartajas”,
saldado con la muerte de los dos guardias civiles a manos de las mujeres de los
presos que custodiaban; o el de Carmen Contreras, una
gitana vecina de Montegícar -Granada-, que harta de aguantar las vejaciones que
sufría, denunció en julio de 1949 al comandante de puesto de ese pueblo, acusándole
de los malos tratos que sufrías, tanto ella como su marido e hijos, cada vez
que el cabo del destacamento la detenía y la llevaba al cuartel, donde “en
varias ocasiones, unas veces de palabra y otras de obra” le pegaba. Como era de
esperar, la delación se volvió en su contra, y dicho comandante imputó a sus
dos hijos de un robo frustrado de caballerías, además de acusarles de haber
sido “rojos significados en el Movimiento, alentando y tomando parte en las
masas revolucionarias”, todo lo cual justificada el tratamiento que se les daba.
El resultado, el de siempre, la familia hubo de abandonar el pueblo y buscar
otro lugar donde poder sobrevivir a la miseria de la posguerra.
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Intervención de Juan de Dios Ramírez en el Parlamento |
Con la llegada de la democracia, nada pareció cambiar;
hasta que el diputado gitano Juan de Dios Ramírez Heredia, en la sesión de
Cortes de la tarde del 7 de junio de 1978 removió las conciencias de sus
compañeros diputados con sentidas palabras: “Pero señoras y
señores, para aquellos que no disponen de cañerías ni de casa, ni de agua ni de
electricidad. ¿Cómo vamos a hablarles de transición política y democracia
pacífica? Yo he sido partidario de la reforma democrática, pero ante la lucha
contra la miseria, opto por la ruptura”.
Pasada a votación la proposición no de ley para derogar
dichos artículos, fue aprobada por 285 votos a favor, ninguno en contra y una
abstención. De esta forma, el último atisbo de represión hacia los gitanos desapareció
sobre el papel, pero sin haber conseguido eliminarla en su forma más invisible,
la que se haya sustentada por los prejuicios y los estereotipos peyorativos y
estigmatizadores.
sábado, 1 de septiembre de 2018
LOS GITANOS Y LOS JUICIOS DEL FRANQUISMO: UNA DOBLE REPRESIÓN, UNA DOBLE REPARACIÓN HISTÓRICA
Excmo. Sr.
El que suscribe, PEDRO HEREDIA FERNÁNDEZ, de 80 años de edad, de estado
viudo, hijo de Francisco y María, natural y vecino de Purullena (Granada), a
V.E. con el debido respeto y las máximas consideraciones tiene el honor de
exponer:
Que su hija CARMEN HEREDIA FERNÁNDEZ, se halla extinguiendo la pena de
20 años, impuesta por el Consejo de Guerra celebrado en Granada el 22 de junio
de 1940, por un delito de Adhesión a la Rebelión, por causa nº 1459/1940, en la
Prisión Central de Málaga, y estando el que suscribe, muy enfermo y debido a su
avanzada edad, no puede realizar el trabajo que le permitiese solucionar su
problema económico, y su ésta su hija la única que puede atenderle y ayudarle
en todos órdenes, es por lo que se dirige a V. E. y
SUPLICA, se digne concederle un generoso indulto particular, por el
resto de la pena que le queda por cumplir en atención a todo lo expuesto y a
que lleva sufriendo prisión desde el 25 de abril de 1940.
Es gracia que espera merecer de V.E. cuya vida Dios guarde muchos
años.-
Purullena, 30 de septiembre de 1947
Por no saber firmar (impronta de la huella de un dedo)
COMENTARIO:
Carmen Heredia se vio involucrada en la muerte de un hombre, producida durante el
atraco ocurrido en un cortijo del paraje de Las Mimbres en Huétor Santillán
(Granada), al que llegó con su marido y otro matrimonio para “vender
unas telas”. La noche la pasaron junto a dicho cortijo, separándose los hombres de sus mujeres sólo para recoger “unas retamas para
hacer la cama”.
Francisco Rodríguez, hermano de la víctima, manifestó en su declaración, puso en duda el que los gitanos fueran fueran los autores, “sino alguna otra persona que estuviese en la parte trasera del
cortijo”. También el informe de la Falange los exculpó, aunque su autor lo
concluyera vertiendo sus propios prejuicios al referirse a uno de los
inculpados: “nunca ha querido trabajar, y siempre ha sido un individuo que ha
vivido con engaño, costumbre que caracteriza a los gitanos”.
A pesar de haberse abierto serias dudas sobre su implicación, el 22 de
junio de 1940, José Rodríguez Heredia fue condenado a muerte por “Adhesión a la
rebelión” y fusilado el 22 de abril de 1941. A los demás se les señalaron 20
años de reclusión.
Carmen, la hija de Pedro Heredia, compartió encierro junto a María
Fernández Amador, hallándose aún en marzo de 1950 en la Prisión Central de
Málaga, de lo que se deduce, que la petición de indulto no prosperó. A partir
de esta fecha no volvemos a tener más noticias, hasta que recientemente Eusebio
Rodríguez Padilla y Dolores Fernández Fernández han recuperado su identidad y
denunciado un juicio sin las más mínimas garantías procesales, y que la la
postre costó la vida a un hombre que seguramente era inocente.
Víctimas colaterales de estos juicios sumarios, fueron los padres,
consortes matrimoniales, hijos, parientes y amigos. Todos sufrieron las consecuencias
de diferentes represiones. Desde la política a la meramente racial. La
reparación histórica del Pueblo Gitano, con toda su crudeza, entra así, a
formar parte de la Memoria Histórica de la Guerra Civil y de la Posguerra. Una
prueba más de cómo los miembros del Pueblo Gitano, aunque invisibilizados,
pertenecen con todo derecho a la Historia de España, siendo protagonistas
destacados en acontecimientos históricos como Lepanto, las Guerras de Flandes y
de Italia; así como, en su contribución a la economía rural sustituyendo a los moriscos, y
posteriormente, contribuyendo como mano de obra forzada en la revitalización de la Armada española en el siglo XVIII. Por último, su participación en movimientos sociales del siglo XIX y ejecicio de sus actividades tradicionales para hacer menos traumática la despoblación
del campo durante los siglos XIX y XX.
PARA SABER MÁS, PINCHA EN EL SIGUIENTE ENLACE:
RODRÍGUEZ PADILLA, Eusebio y FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, María Dolores. Mujeres gitanas represaliadas en la provincia de Granada durante la Guerra Civil y la Posguerra (1936-1950), Mojácar: Arráez Editores, 2010, pp. 114-121.
lunes, 6 de agosto de 2018
Y aunque sea gitano, no le hemos de negar la Justicia
Año 1639. Corren malos tiempos para los gitanos. El rey está resuelto a llenar los bancos de galeras con vagabundos, delincuentes sin sentencia firme aún, y gitanos.
La amenaza de una redada de gitanos varones era evidente, y acabó llegando a finales de año, coincidiendo con la misión encomendada a varios oidores de las audiencias territoriales para enviar a galeras a aquellos reos que habían apelado su sentencia, muchos de ellos gitanos acusados de contravenir las pragmáticas.
Para evitar graves sentencias, algunos aceptaron pactar condenas suaves. Otros, antes de caer bajo las garras de las justicias, se ofrecieron servir en los Tercios de Flandes. Los demás, confiaron en no ser molestados y llevar una vida conforme a lo dispuesto por las leyes antigitanas. Ramón Bustamante fue uno de ellos, quien lleno de razones, reclamó a la Justicia veratense, el reintegro de las cantidades que le debía uno de sus convecinos, aún cuando en esta época la Justicia era incierta para todos, pero desigual e injusta para las capas sociales más desfavorecidas.
En el caso de Ramón se produjo una excepción, La misma frase que encabeza estas líneas lo confirma: "y aunque sea gitano". Un estigma reconocido producto del antigitanismo que impregnaba aquella sociedad, que el alcalde mayor de Vera, aun en contra de la opinión de sus allegados, quiso soslayar para tratar a Ramón como un vecino más.
Hallar otro caso similar será bastante complicado, pues la cruda realidad, tanto en este año como en el resto de la Edad Moderna, hizo que casos como el de Ramón fueran bien escasos.
PARA SABER MÁS DEL AÑO 1639:
MARTÍNEZ MARTÍNEZ, Manuel. “Los forzados de la escuadra de galeras del Mediterráneo en el siglo XVII. El caso de los gitanos”, en Revista de Historia Naval, nº 117, 2012; y, “Los gitanos españoles en los tercios de Flandes, en Anatomía de la Historia, 15 de junio de 2016. Disponible en http://anatomiadelahistoria.com/2016/06/los-gitanos-espanoles-en-los-tercios-de-flandes/
jueves, 2 de agosto de 2018
LAS VÍCTIMAS GITANAS ESPAÑOLAS DEL CAMPO DE CONCENTRACIÓN NAZI DE GUSEN
Los soldados republicanos de origen gitano, junto al resto de sus camaradas que pasaron a Francia tras el fin de la Guerra Civil, pasaron todo tipo penurias en los campos de concentración de aquel país, para tras varias visicitudes, ser capturados y recluidos en los campos nazis como el de Gusen, donde casi cuatro mil españoles perdieron la vida, al menos cuatro de ellos gitanos
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Campo de concentración de Gusen |
VER TEXTO COMPLETO EN EL SIGUIENTE ENLACE:
https://manuelmartinez.atavist.com/las-vctimas-gitanas-del-campo-de-concentracin-nazi-de-gusen
miércoles, 1 de agosto de 2018
Instrucción del marqués de la Ensenada a todas las autoridades del reino de principios de agosto de 1749
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El Papa Benedicto XIV |
Habiendo resuelto el rey se recojan para destinar
como lo tenga por conveniente todos (tachado) los gitanos avecindados y
vagantes en estos reinos, sin excepción de sexo, estado, ni edad, y respecto de
no haberse logrado completamente en la prisión de todos mandada hacer en el día
30 del mes pasado. Manda ahora S.M- que por todos medios y en todas partes se
solicite y asegure la de los que hubieren quedado, sin reservar refugio alguno
a que se hayan acogido, respecto de estar convenida con el Nuncio de Su
Santidad la extracción del sagrado mediante la ordinaria caución, y haciendo
responsable de la omisión o defecto que se experimentare a las justicias
ordinarias de los pueblos y jurisdicciones en que suceda y se averigüe. Y de su
R.O. lo prevengo a V. para que por sí en la parte que le corresponda, y
comunicándolo a todas las justicias de su jurisdicción con las advertencias y
combinaciones que tuviere por convenientes se logre el cumplimiento de la
expresada Real determinación, como se espera del celo de V. y conviene a la
pública quietud y servicio de ambas majestades.
Todos los bienes de gitanos presos y fugitivos se
han de embargar, inventariar y vender con cuenta justificada para aplicar el
producto a sus subsistencia, y las personas se han de conducir a las capitales,
para que con las noticias que por mi mano se dieren de su número y clases, se
providencia la conducción a los parajes de sus destinos.
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Fernando VI |
COMENTARIO:
No pretendemos ser unos defensores de este ministro genocida, pero desde
diversos sectores se le está convirtiendo en un cabeza de turco de un crimen
del que fue el ejecutor, el verdugo, que ya es bastante.
El verdadero culpable fue el Estado y La Iglesia, que desde 1499 alentaron
un antigitanismo que se mantuvo vivo hasta que Benedicto XIV transigió en despojar al Pueblo Gitano del derecho eclesiástico, tema que hasta entonces había conseguido bloquear el proyecto de su expulsión, objetivo que realmente perseguía inicialmente las redadas de 1749.
Desechado dicho planteamiento tras conocerse los antecedentes portugueses, Gaspar Vázquez de
Tablada, presidente del Consejo, ideó un Proyecto de Exterminio biológico, un
genocidio en términos modernos, cuya ejecución le fue encomendada al marqués,
quien vio la oportunidad de utilizar la mano de obra gitana para su plan de
rearme naval, que a la postre permitió a España recuperar un importante papel
en el panorama geopolítico de la época.
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Sepultura de Vázquez de Tablada en el convento de San Diego |
![](https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEifNOJDToHEGtvUT4ddO76rmpvwBmjmVftNlx9Wbpcq7kgKoowL23XFQKYK3ADexO80w9ZcdvdULdQMdQcbiB24ZIkM9vgpxXiz4XTQnbLUrmvPIABJgP5Wl2_qvOOF3hyphenhyphen-KZVWLK0AKarB/s1600/libro+git+y+gitanas.jpg)
NOTA FINAL: seguir calificando este lamentable y desconocido episodio de la
Historia de España como Gran Redada minimiza los hechos sucedidos. Es todo un
Proyecto de Exterminio, o genocidio, de la que la redada de 1749 solo es el
inicio.
lunes, 2 de julio de 2018
Pedro de Vega pide no se le incluya en el padrón de gitanos de Jerez de la Frontera (diciembre 1745)
![](https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEizvttDK11CuS7mvStLs0RtC2AD7_wpJXq0nWaxnvIndzYOefC8FFeIQjzJD2OWlYZwx5v69ZrEoz0HeGLhXLw1-QMsJy-p1_LmG3u3wLTrUnsrOpCEzjb5qvJxvjAIM34L1kebvwgKL-Jo/s320/Decreto+de+1745.png)
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Carteles anunciadores de manifestaciones StopAntigitanismo |
COMENTARIO: La petición de Pedro de Vega,
inserta en el marasmo que supuso el decreto de 9 de noviembre de 1745, para
“que los corregidores y gobernadores de las ciudades y villas cabezas de
partido, se informen luego y sin dilación de los gitanos que residan en los
pueblos de su partido con provisiones o sin ellas”, a fin de que pasaran a
avecindarse al lugar más inmediato de los l establecidos para su residencia
para aplicarse en la labranza y demás oficios permitidos.
Diego
de Cárdenas, gobernador de la vecina ciudad de Puerto de Santa María, ante tal
Real Resolución, no se contentó con el escrupuloso cumplimiento de ella, sino
que halló un buen pretexto para proceder contra los gitanos más allá de lo que
dicha orden disponía, y mandó “que todos los gitanos que viviesen como tales,
siendo robustos”, se enviasen “por cuatro años a las minas del azogue, y a los
que no lo fuesen, por gastadores al presidio más cercano”.
Realizada
una redada, en total fueron capturadas treinta y seis mujeres y cincuenta y cinco
hombres, de los que treinta y siete fueron a parar a las minas de Almadén, y el
resto, a los presidios norteafricanos; con tan mala fortuna, que al coincidir
con la redada general de 1749, quedaron recluidos aun cumpliendo los dichos
cuatro años, hasta que en 1764,
el rey accedió a ampliar el indulto ofrecido el año anterior, a los forzados
gitanos que quedaban en dichos destinos.
Esta peripecia histórica hace comprensible la
lucha de aquellos que buscaron a través de estatutos de castellanía, dejar de
ser considerados legalmente como gitanos para no ser incluidos en padrones
específicos, auténticas ratoneras, cuyo fin más extremo lo hallamos en la
redada que dio origen al Proyecto de Exterminio del Pueblo Gitano en 1749.
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Manifestación del 27 de junio de 2018 en Barcelona |
Hoy en día, habiendo pasado más de dos siglos
y medio, la intención del gobierno italiano de volver a las antiguas prácticas
represivas y confeccionar un padrón como los de la época del Despotismo, ha
generado en este mundo globalizado, un importante movimiento de protesta,
traducido en España a través de diversas manifestaciones en Madrid, Barcelona,
Sevilla, Oviedo, Granada…
El auge de la ultraderecha europea amenaza a
los colectivos más débiles como los inmigrantes y las minorías étnicas, cuyos
integrantes, a pesar de poseer los mismos derechos que el resto de sus
compatriotas se pretende actuar sobre ellos de una forma diferenciada y
contraria a los Derechos Humanos. El desconocimiento de la Historia del Pueblo
Gitano en España y la ausencia de voluntad por parte de la corona y la Iglesia
para reconocer los errores perpetrados en el pasado contra los gitanos, abre
grandes interrogantes que deben ser despejados a través de la vigilancia de los
acontecimientos que se irán produciendo en el resto de los países europeos y la
propia movilización de la comunidad gitana, de los sectores implicados en la defensa
de los DDHH y demás activistas comprometidos, sean o no sean gitanos.
jueves, 7 de junio de 2018
PRESENTACIÓN E INAUGURACIÓN DE LA EXPOSICIÓN SOBRE HISTORIA DEL PUEBLO GITANO EN ESPAÑA
Esta mañana se ha
presentado la exposición sobre Historia del Pueblo Gitano en España a través de
los documentos, en conmemoración del Día Internacional de los Archivos.
La mesa ha estado
compuesta por Carlos Sánchez López, concejal delegado del Área de Cultura, Educación y Tradiciones; Aurora Carretero
Gutiérrez, directora del Archivo Municipal “Adela Alcocer”; y, por Manuel
Martínez Martínez, comisario de dicha exposición.
Más información: http://www.noticiasdealmeria.com/el-pueblo-gitano-a-traves-de-las-fuentes-documentales-en-el-archivo-municipal-adela-alcocer
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